NOTA:
El abogado postulante se encontrar en la realidad que los jueces penales del Distrito Federal y de toda la Repblica reclasifican a ciencia y paciencia y sin el menor recato y respeto a la ley, los delitos en perjuicio de los procesados lo que entraa alteracin de los hechos con la bendicin sacrosanta y dogmtica de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin, tribunal mximo que en jurisprudencia firme y reiterada, ha sostenido que los jueces penales estn facultados para reclasificar el delito, atribuyndose la Corte funciones legislativas que no le corresponde. No debe olvidar la Corte que primero es la ley y luego la jurisprudencia. Ya es tiempo de que se analicen y rectifiquen tales criterios, total y absolutamente carentes de base legal y jurdica, an cuando sean sostenidos por el mximo tribunal del pas, precisamente porque estn supliendo la queja al Ministerio Pblico presumiblemente una institucin muy tcnica y de buena fe.
Ningn artculo del Cdigo de Procedimientos Penales autoriza al juez penal a reclasificar los delitos y es de explorado derecho que la autoridad solamente puede y debe hacer lo que la ley le autoriza y permite.
QUEJOSO:
Amparo indirecto.
C. JUEZ DE DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA PENAL EN TURNO.
_____________________ , quejoso sealando como domicilio para or notificaciones el despacho 203 del edificio marcado con el nmero _______ de las calles de ___________________ colonia __________________ , autorizando para orlas en trminos del artculo 27 de la Ley de Amparo al C. Lic. ante usted respetuosamente comparezco y expongo:
Vengo a pedir el amparo y proteccin de la Justicia Federal en contra de las autoridades y actos que en