AMPARO CONTRA REGRADUACION DE PENSION ALIMETNICIA






C. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO

EN TURNO

P r e s e n t e.

 

 

                    mexicana, mayor de edad, por mi propio derecho, señalando como domicilio particular el ubicado en: # 506 la Cd. de Veracruz, Ver., y  para oír y recibir toda clase de notificaciones el domicilio del despacho ubicado en Av. de la Cd. de Veracruz, Ver.,  y autorizando para recibirlas en mi nombre y representación a los CC, dentro del presente conflicto para que comparezcan como mis Abogados Patronos en términos del artículo 27 y 12 de la Ley de Amparo en vigor, como ante Usted y con las manifestaciones de mis respeto comparezco para exponer:

 

                         Que vengo, por medio del presente escrito, por mi propio derecho y con fundamento en lo establecido por los artículos 1 fracc. I, 4, 37, 114  y llenando los requisitos del artículo 116 todo de la ley de Amparo  en vigor, en íntima relación con los artículos 103 y 107 de la constitución general de la República, vengo a solicitar el Amparo y Protección de la Justicia de la Unión con Incidente de Suspensión Provisional, pasando al efecto a manifestar lo siguiente:

 

 

 

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I.- NOMBRE Y DOMICILIO

DEL QUEJOSO

# 506 de esta Cd. De Veracruz, Ver.

 

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO  PERJUDICADO

 

 

 

III.- AUTORIDADES

RESPONSABLES

COMO ORDENADORA

y EJECUTORA:

C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA de este Distrito Judicial de Veracruz, Ver.,

Con domicilio en: Av. Independencia casi esq. Emparán de la Ciudad  de Veracruz, Ver.,

 

 

 

 

 

 

 

IV- ACTO RECLAMADO:

DE LA AUTORIDAD SEÑALADA COMO RESPONSABLE, reclamo la resolución sobre reclamación de pensión alimenticia de fecha

, dictada dentro de los autos del juicio Civil No. del índice de la Responsable, que canceló la pensión alimenticia provisional entablada en contra del C. N como  MAESTRO DE TIEMPO COMPLETO DE LA ESCUELA SECUNDARIA en las claves:

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Así mismo reclamo todo acto de ejecución de dicha interlocutoria, en donde se incluye el oficio no.

De fecha 28 de febrero del 2007, mismo que fue girado por la Responsable en donde se ordena al Pagador del  DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS de la SECRETARIA DE EDUCACION Y CULTURA, que se cancele la pensión alimenticia provisional del 50%

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